Atención Social Priamria


La Atención Social Primaria constituye la vía normalizada de acceso al Sistema Público de Servicios Sociales. Tiene carácter polivalente y ofrece una atención social individualizada, específica, cercana y en el propio entorno de la persona.
El equipamiento básico de la Atención Social Primaria es el Centro de Servicios Sociales. El conjunto de Centros de Servicios Sociales integra la Red de Atención Social Primaria de la Comunidad de Madrid.

Según la LEY 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, corresponden al nivel de Atención Social Primaria las siguientes funciones:


  • Recepción, detección y análisis de necesidades y demandas sociales en su ámbito de intervención.
  • Diagnóstico y valoración técnica de situaciones, necesidades o problemas individuales o colectivos, sin perjuicio de lo previsto en el ámbito de la atención y apoyo a la discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
  • Identificación de situaciones y ámbitos sociales de riesgo para el desarrollo de acciones de carácter preventivo y respuesta temprana.
  • Atención inmediata a personas en situación de riesgo o exclusión social y establecimiento de las acciones más adecuadas de acuerdo con el diagnóstico social.
  • Atención profesional personalizada en los ámbitos personal, familiar y comunitario, que incluyen la información, valoración y el acompañamiento, así como, si se considera pertinente, el seguimiento y coordinación de otras medidas o prestaciones de Atención Especializada.
  • Actuación en situaciones de urgencia y emergencia social.
  • Gestión y seguimiento de prestaciones económicas y servicios de acompañamiento vinculados a ellas.
  • Fomento de la participación, la solidaridad y la cooperación social.
  • Emisión de informes sociales, de derivación o que les sean requeridos por vía administrativa o judicial, en relación con la intervención social realizada.
  • Impulso de proyectos de intervención en los ámbitos grupal y comunitario.
  • Coordinación con el nivel de Atención Social Especializada, así como con otros sistemas y servicios dirigidos a la promoción del bienestar y la calidad de vida.



El Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales incluye las siguientes prestaciones.



  • Los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento.
  • La elaboración del plan individualizado de intervención social, con la participación y aceptación de los usuarios y tras un diagnóstico social, integrado por acciones y acompañamiento orientados a fomentar la inclusión personal, social, educativa y laboral, así como la promoción de la autonomía.
  • La atención inmediata en situaciones de urgencia o emergencia social.
  • Los servicios específicos para la protección social y jurídica de los niños en situación de riesgo o desamparo y en conflicto social, incluido el cumplimiento de medidas judiciales de los menores de edad.
  • El reconocimiento y la acreditación de familias numerosas y familias monoparentales.
  • El seguimiento y la supervisión de adopciones.
  • Los puntos de encuentro familiar.
  • El servicio de apoyo a personas adultas para el ejercicio de su capacidad jurídica.
  • La protección de las víctimas de violencia de género o trata, así como, en su caso, de su unidad de convivencia.
  • El reconocimiento de las situaciones de discapacidad y dependencia, determinando su tipo y grado, a lo largo de todas las etapas de la vida.
  • La atención temprana dirigida a niños de 0 a 6 años, que comprenderá la prevención, la detección precoz y el diagnóstico.
  • La mediación familiar y comunitaria.
  • La atención o intervención familiar o de la unidad de convivencia.
  • El apoyo psicosocial y la atención psicoeducativa de la infancia y la familia.
  • El acompañamiento psicosocial para la integración de las personas adultas con discapacidad o situación de vulnerabilidad derivada de enfermedad mental.
  • Alojamiento alternativo.
  • Atención diurna o ambulatoria.
  • Atención residencial.
  • Renta Mínima de Inserción.
  • Prestaciones económicas garantizadas contempladas en la legislación sobre Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y en su normativa de desarrollo.
  • Compensación económica a las personas acogedoras de menores de edad bajo guarda o tutela de la Comunidad de Madrid.
  • Ayudas económicas de pago único para mujeres víctimas de violencia de género con insuficiencia de recursos económicos y dificultad para acceder a un empleo, contempladas en la legislación sobre protección integral contra la violencia de género.
  • El apoyo para la cobertura de las necesidades básicas, de manera temporal, en situaciones de urgencia o de emergencia social.
  • La rehabilitación y accesibilidad universal de viviendas, orientadas a la calidad de vida y la inclusión social.
  • ORDENANZA REGULADORA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS POR EMERGENCIA SOCIAL Y OTROS EN LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID Descargar
  • ORDENANZA REGULADORA CONCESIÓN DE AYUDAS DE EMERGENCIA A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD POR EL IMPACTO DEL COVID EN LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID Descargar
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